Aunque en España el teletrabajo no está tan generalizado como en otros países de Europa, está claro que la tendencia este año será al crecimiento. Se evalúa que aproximadamente un millón y medio de personas están teletrabajando en la actualidad. Ya hemos hablado muchas veces, en este blog, de la ventajas que representa el teletrabajo y de lo importante que es, para las empresas, ofrecer estás nuevas modalidad de trabajo para atraer o retener el talento.
El 8 de marzo de 2019 entró en vigor la nueva ley de control horario que obliga las empresas a llevar un registro horario de la jornada laboral de sus trabajadores. Las empresas deben llevar un registro de los horarios de entrada y salida de los empleados. Cuando estos acuden a la oficina parece relativamente simple pero ¿Qué pasa con los empleados a distancia?
La primera reacción de algunos empresarios fue cancelar sus programas de teletrabajo para poder llevar a cabo el fichaje obligatorio. En su guía sobre el registro de la jornada, el ministerio aclaraba que para estos empleados con horarios flexibles o trabajo a distancia ?el registro diario de jornada ni obsta su operatividad ni constituye impedimento alguno a su continuidad o ampliación, considerándose un elemento que garantiza la acomodación a las necesidades empresariales y a los intereses de conciliación de los trabajadores, familiares o de otro tipo?. Este control horario deberá incluir, la hora de inicio de la actividad laboral y la hora de fin de la jornada, quedando, así, constancia la suma total de horas invertidas durante la jornada.
Por lo tanto, las empresas deben dotarse de soluciones tecnológicas para poder registrar los horarios de los empleados en teletrabajo. Asimismo, la empresa debería poder acceder en todo momento a los datos y ser capaz de presentarlos de inmediato en caso de inspección por lo que se recomienda soluciones en la nube.
Una opción consiste en instalar un software de control horario en el servidor donde los empleados se conectan para poder acceder a las herramientas colaborativas. En cuanto inicien su sesión en el escritorio remoto, quedaría constancia del inicio de su actividad. De la misma forma, cuando finalicen y cierran la sesión quedaría registrado el horario de fin de la jornada. En caso de que los empleados no trabajen con sistemas VDI, la herramienta debería poder instalarse en el portátil del empleado. Adicionalmente, este software debería permitir a los empleados informar de las pausas que hacen a lo largo del día como, por ejemplo, la comida. De esta forma, más allá del inicio y fin de la jornada, también, quedaría constancia de las horas de trabajo efectivo que son la base sobre la cual se deben calcular las horas extras.
Soluciones como Time@Work le permiten cumplir con los requisitos de la nueva ley tanto si sus empleados están trabajando desde la oficina como si trabajan desde casa. El fichaje y la recogida de datos son totalmente automáticos. Los empleados no tienen que preocuparse de acordarse de fichar y la empresa no tiene que preocuparse de posibles olvidos. Ya no hace falta que renuncie a la flexibilidad laboral y sus ventajas. Infórmase aquí.