Continuamos esta serie de artículos viendo hoy la nueva reforma laboral y alternativas al despido.
Nueva reforma laboral y alternativas al despido
La nueva reforma laboral ha flexibilizado las reglas permitiendo un desahogo a los empresarios que, al contrario de lo que sus detractores opinan, no pasa necesariamente por el despido de la plantilla o parte de ella. De hecho, esta flexibilización lo que da pie es a la inclusión de técnicas sobre las que apoyarse, de forma temporal, para poder mantener algunos puestos de trabajo, que de otra forma peligrarían, pero sin dejar de reducir costes.
Las ventajas de la nueva normativa pasan precisamente por este ahorro que permite reflejar en las cuentas de gastos (y que puede llegar a ser de miles de euros por trabajador y año), sin que las medidas tomadas repercutan en la economía del trabajador, o al menos no en la misma medida.
Se plantean las reducciones de jornada como alternativas al despido. De esta forma se consigue mantener a ese activo en la empresa pero a la mitad de su coste.
Lo que implica la reducción de jornada
Con una reducción de jornada de un 50%, la empresa reduce a la mitad el coste de ese empleado, quien por otra parte comienza a percibir una ayuda del Gobierno que puede llegar a ser del 20% de su salario. En el empleado no impacta tanto la decisión tomada, pero en la cuenta de gastos de la empresa el impacto es notable y los efectos inmediatos.
Para poder llevar a la práctica esta medida, denominada ERE temporal de reducción de jornada, es necesario:
- Llegar a un acuerdo con el Comité de Empresa.
- Que se den las circunstancias que justifiquen dicha decisión (pérdida de clientes, disminución de los ingresos, etc.).
- Que se aplique por un máximo de 18 meses.
- Que afecte mínimo al 10% de la jornada y máximo al 70%.
- Que se informe de ello en la Delegación General de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Durante el periodo de tiempo que abarque dicha reducción de jornada, el trabajador puede ser beneficiario de la prestación legal por desempleo por la parte de la jornada que haya sido objeto de reducción.
Las ventajas de la reducción de jornada
Las ventajas de esta medida para el empresario serían:
- Ahorra el pago de la parte reducida (ej: ½ jornada = 50% salario).
- Aunque paga 100% Seguridad Social tiene una bonificación del 11,8% sobre la parte reducida.
- Alternativa no traumática al despido y mejor negociación.
- Ajusta recursos a las necesidades transitorias.
- Retiene el talento y ahorra en reincorporaciones y formaciones futuras.
Y las ventajas para el empleado serían las siguientes:
- No es un despido.
- Adicionalmente a su nuevo salario, cobrará desempleo por la parte reducida.
- Continúa cotizando el 100%.
- No pierde días de prestación (hasta 180 días).
Un caso práctico para comprobar los efectos de la reducción de jornada
Para ilustrar toda esta teoría, lo mejor es aplicarla a un ejemplo práctico. Puede tratarse el caso de un contrato indefinido con un salario mensual neto de 1.700?, con 12 pagas y dos hijos a su cargo reduciendo la jornada por ERE un 50%.
Las circunstancias planteadas supondrían para el empleado:
- Neto sin ERE 1.700,00 ?
- Neto 50% ERE 850,00 ?
- Importe INEM (6 meses) 505,83 ?
- Importe para empleado 1.355,83 ?
- Diferencia -344,17 ?
- Importe INEM fin del periodo 361,30 ?
- Importe empleado 1.211,30 ?
- Diferencia -488,70 ?
Mientras que tomar esta medida significaría para la empresa:
- Coste Mensual sin ERE 2.252,80 ?
- Coste Mensual con ERE 1.207,07 ?
- Ahorro (8 primeros meses) 8.365,84 ?
- Ahorro (4 últimos meses) 3.674,36 ?
- Total Ahorro 12.040,20 ?
Fuente: RRHHpress.com ? Entrevista Miguel Ángel Ferrer Garcerán, socio director general de Arrabe Asesores