El seguimiento y la medición de la productividad laboral de los trabajadores de una empresa, la flexibilidad horaria, la desconexión digital y el registro de jornada, son algunos de las aspectos que menciona la nueva Ley de Trabajo a Distancia. Estos pueden hacerse efectivos si se cuenta con un adecuado sistemas de medición para la gestión del teletrabajo. Te explicaremos cómo el adquirir un sistema de medición te ayudará a cumplir con los diferentes artículos que la mencionada ley describe.
Tras meses de diálogos finalmente España cuenta con su propia Ley de Trabajo a Distancia, la cual a su vez hace alusión al desarrollo de la modalidad de teletrabajo y aporta valor a los derechos de los trabajadores. Esta decisión del Ministerio de Trabajo y Economía Social, es un gran paso para la implementación de modelos laborales flexibles demandados por empresarios y trabajadores en esta nueva normalidad generada a posteriori a la crisis sanitaria del Covid-19.
La aplicación práctica de esta normativa es posible siempre y cuando las empresas se adapten a la actual era digital y adquieran herramientas tecnológicas que les faciliten cumplir con las variables que la ley expone y gestionar óptimamente el despliegue de la deslocalización de sus trabajadores, a través de un seguimiento efectivo de sus operaciones laborales. Facilitando así los flujos de trabajo y ofreciendo una visión general y objetiva de los resultados empresariales, promoviendo la mejora continua de los mismos, porque solo se puede mejorar aquello que es posible medir.
Cómo apoyan los sistemas de medición la nueva Ley de Teletrabajo
Los sistemas de medición de la productividad empresarial, se crean con el objetivo de apoyar la gestión y el seguimiento de los teletrabajadores en todas las organizaciones empresariales, adaptándose a las actualizaciones de las diferentes normativas que protegen y promueven el correcto desarrollo del sector empresarial. Para detallar esta adaptación de los sistemas de medición, quisimos desglosar seis artículos de la nueva ley e identificar cómo dichos sistemas apoyan la normativa y ayudan a las empresas a cumplir con la misma.
Control empresarial
Estos sistemas aseguran el cumplimiento de los convenios obligatorios para llevar a cabo el desarrollo, según voluntad, de la modalidad de teletrabajo. Además, garantizan el compromiso y cumplimiento de los trabajadores de sus obligaciones y deberes laborales, así como el uso de los medios telemáticos para tal fin, respetando siempre la dignidad y capacidad de los profesionales. Tal y como los describe el artículo 22 de la normativa:
«La empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales, incluida la utilización de medios telemáticos, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.»
Transparencia y privacidad de los trabajadores
Protegen la privacidad e intimidad de los trabajadores, estableciendo criterios de utilización, a través de un plan de uso de las aplicaciones y herramientas empresariales, necesarias para cubrir y cumplir con sus obligaciones laborales.
Es importante destacar que la instalación de estos sistemas de medición debería hacerse directamente en los dispositivos empresariales, nunca en los personales del trabajador. Esto hace referencia a los aspectos descritos en la normativa, concretamente en el artículo 17 referente al derecho de a la intimidad y protección de datos personales:
1. La utilización de los medios telemáticos y el control de la prestación laboral mediante dispositivos automáticos garantizará adecuadamente el derecho a la intimidad y a la protección de datos, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, de acuerdo con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de los medios utilizados.
2. La empresa no podrá exigir la instalación de programas o aplicaciones en dispositivos propiedad de la persona trabajadora, ni la utilización de estos dispositivos en el desarrollo del trabajo a distancia.
3. Las empresas deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales respetando en todo caso los estándares mínimos de protección de su intimidad de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos legal y constitucionalmente. En su elaboración deberá participar la representación legal de las personas trabajadoras.?
Cumple con la Ley de Control Horario
Una de las funcionalidades incorporadas en los sistemas de medición, como el software de medición de productividad EffiWork, es el módulo de registro horario que permite llevar un control automático, desde la nube, de las horas trabajadas durante la jornada laboral de cada trabajador, sin necesidad de tener que fichar manualmente en una máquina física, evidenciando su actividad desde el inicio hasta su finalización y tramos de actividad a través de la interacción con su dispositivo de trabajo.
Esta funcionalidad está vinculada a la medición de actividad productiva y objetiva, que evidencia y garantiza el rendimiento del trabajador, de su equipo y de consecuencia de la empresa para alcanzar los objetivos pactados. Tal registro permite a la empresa cumplir con la Ley de Control Horario, publicada el 8 de marzo de 2019 y con el artículo 14 de la nueva Ley de teletrabajo referente al derecho de registro horario adecuado:
?El sistema de registro horario que se regula en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, de conformidad con lo establecido en la negociación colectiva, deberá reflejar fielmente el tiempo que la persona trabajadora que realiza trabajo a distancia dedica a la actividad laboral, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y deberá incluir, entre otros, el momento de inicio y finalización de la jornada.»
Flexibilidad horaria
Evidencia la ejecución y cumplimiento de los acuerdos de flexibilidad horaria pactados con los trabajadores y permitidos en la nueva ley. Reflejando en el sistema los tiempos de disponibilidad obligatoria y respetando las franjas de descanso. Permitiendo a las empresas confiar en los sistemas de trabajo flexibles e integrarlos a sus operaciones. Apoyando así al artículo 13 de la normativa:
«De conformidad con los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva, respetando los tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso, la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios establecido.»
Desconexión digital de los profesionales
La nueva Ley de Trabajo a Distancia establece que el trabajador y empresa deben pactar los períodos de disponibilidad, especificando el número de horas de trabajo obligatorias y marcando límites claros para las comunicaciones laborales en los periodos de descanso.
Los sistemas de medición recuerdan, tanto a empresas como a los trabajadores, los límites horarios de cada jornada. Funcionalidades de agenda como «Hoy», incluida en el software de medición de productividad EffiWork, permite que los directivos y responsables puedan visualizar, en tiempo real, la disponibilidad exacta de sus colaboradores. Asimismo, facilita la creación y modificación de avisos que alertan al trabajador cuando no está respetando sus periodos de desconexión digital. Esto con el fin de apoyar el artículo 18 de la nueva normativa:
« El deber empresarial de garantizar la desconexión conlleva una limitación del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada y a cualesquiera límites y precauciones en materia de jornada que dispongan la normativa legal o convencional aplicables.»
El no respetar la desconexión digital de los empleados es motivo de sanción por parte de la autoridad laboral en un momento de inspección. Para ejemplificar dicha infracción, podemos mencionar la denuncia hecha por el ADN Sindical en Catalunya acusando a la empresa de seguridad Prosegur por vulnerar el derecho de sus trabajadores a la conciliación laboral y a la desconexión digital, al permitir realizar llamadas y enviar correos electrónicos a sus trabajadores fuera de su jornada laboral.
Riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva
Como es evidente, los sistemas de medición son herramientas necesarias para garantizar y cumplir con la evaluación de riesgos en caso de inspecciones laborales, ya que tiene en cuenta la correcta distribución de la jornada y el horario de disponibilidad de los trabajadores, asimismo garantiza la desconexión digital y respeta los periodos de descanso, al reflejar todo esto en su panel de gestión incorporado. Apoyando así al artículo 16 de la nueva ley:
La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva del trabajo a distancia deberán tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, poniendo especial atención en los factores psicosociales, ergonómicos y organizativos. En particular, deberá tenerse en cuenta la distribución de la jornada, los tiempos de disponibilidad y la garantía de los descansos y desconexiones durante la jornada.»
Los sistemas de medición son la clave para el cambio de paradigma laboral
La objetivación del trabajo, mediante sistemas que permitan medir la productividad y rendimiento independientemente del lugar desde el que se desarrolla el trabajo y del horario de disponibilidad pactado, es la única vía que permitirá a las empresas confiar en los sistemas de trabajo flexible e integrarlos en sus operaciones de negocio.